SERVICIO INTEGRAL DE ASESORAMIENTO, IMPLEMENTACIÓN Y GESTIÓN DEL CANAL ÉTICO O CANAL DE DENUNCIAS DATAPRO
¿Por qué se deben implantar Canales de denuncias o Canales Éticos en las empresas?
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, transpone la Directiva (UE) 2019/1937 (whistleblowing), convirtiendo en obligatorio el “canal de denuncias”, para aquellas entidades que están estipuladas en los artículos 10 y 13 de esta Ley.
¿Quién está obligado a su cumplimiento?
Ámbito privado: todas las empresas (personas físicas o jurídicas) que tengan contratados 50 o más trabajadores. Además, con independencia del número de empleados, están obligados los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos. Y también las empresas dedicadas a servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente.
Sector público: están obligadas todas las entidades que lo integran, si bien se permite que, por cuestiones de eficiencia, los municipios de menos de 10.000 habitantes lo compartan entre sí o con cualesquiera otras Administraciones públicas que se ubiquen dentro del territorio de la comunidad autónoma.
¿Qué pasa si no cumplo?
Las empresas obligadas a contar con un canal denuncias que no lo implanten conforme a la Ley 2/23, se exponen a multas de 600.001 a 1 millón de euros.
El procedimiento sancionador contempla multas que oscilan entre los 1.001 y los 300.000 euros, en el caso de personas físicas; y los 100.000 y el millón de euros, en el caso de las personas jurídicas.
Además, en el caso de infracciones muy graves no podrás acceder a subvenciones o beneficios fiscales durante un plazo de 4 años ni contratar con el sector público durante un plazo de 3 años.
¿Cómo deben ser los sistemas internos de información?
Un sistema interno de información (canal de denuncias) debe cumplir con los siguientes requisitos:
La gestión del Sistema interno de información se podrá llevar a cabo dentro de la propia entidad u organismo o acudiendo a un tercero externo.
¿Por qué medios se podrá comunicar una denuncia?
El sistema de información debe permitir la presentación de comunicaciones por escrito o verbalmente, o de ambos modos.
¿Qué pasa si pongo una “denuncia falsa”?
Por otra parte, hay que tener en cuenta que las «denuncias falsas», consistentes en comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad, se consideran infracciones muy graves, con multa de 30.001 hasta 300.000 euros para personas físicas, y entre 600.001 y 1.000.000 de euros para personas jurídicas.
¿Debo publicitar la información relativa al canal?
La organización debe proporcionar de manera accesible y visible, toda la información sobre el Código Ético, políticas y/o estrategia y procedimientos el Canal de denuncias (para que es, cómo funciona, cómo es el proceso).
En caso de contar con una página web, dicha información deberá constar en la página de inicio.
¿Cuál es el procedimiento de gestión de las informaciones o denuncias?